martes, 26 de junio de 2012

¿Que pasa con el flujo de recursos de la salud en Colombia?

"Bajo la normatividad colombiana sí existen reglas definidas para el flujo de los recursos... pero lo más importante aquí es que esta normatividad es violada parcial o totalmente por los actores del sistema..."


Por: HÉCTOR M. LEMUS M. (M.D.)

Bajo la normatividad colombiana sí existen reglas definidas para el flujo de los recursos; desde el FOSYGA a las EPSs, y de estas a las IPSs. Contrario a lo expresado en la opinión pública, algunas normas de estas, desde el nacimiento de la ley 100, unas modificadas con sustituciones, adiciones, supresiones; pero lo más importante es que existe normatividad. Podríamos mencionar algunas de ellas: la ley 1122 del 2007, el decreto 4747 del 2007, el decreto 3260 del 2004, los términos establecidos en el decreto ley 1281 del 2002, y las muchas más. Me permito dar un listado de la última normatividad expedida con el ánimo de conjurar la crisis. Hay muchas más, todas con relación al flujo de dineros entre Fosyga, Entes Territoriales, EPSs las IPSs o Prestadores; pero lo más importante aquí es que esta normatividad es violada parcial o totalmente por los actores del sistema y vamos a analizar porque:

1. Las bases de datos de la población afiliada al Sistema de Seguridad Social en Salud no es única, no es fiel a la realidad; ni en el tiempo, ni en el espacio a lo largo y ancho del territorio nacional. No son como las del sistema financiero, en el cual, si usted es usuario activo en cualquier rincón del país en donde haya cajero automático, puede retirar dinero de su cuenta si lo tiene disponible. Sobre el ejemplo anterior, aquí nace el primer obstáculo para que las IPSs atiendan y para que luego de atendido el usuario, ninguna EPS reconozca esa atención. Tampoco las EPSs autorizan servicios, es el caso cuando hay usuarios afiliados al régimen contributivo y a la vez en el régimen subsidiado y que luego de atender al usuario y cursar la factura para el cobro a la EPS, esta detecta la doble afiliación y ninguna de las dos EPSs en donde estaba afiliado reconoce el pago.

2. La respuesta a las solicitudes de autorización a las EPSs para atender a sus usuarios son demoradas y algunas de ellas se quedan sin respuesta, pero la IPS tiene la obligación de atender al usuario, luego al momento de hacer el cobro respectivo de la atención viene la objeción o glosa o lo que es peor la negación para el pago por parte de la EPS.

3. En el momento de la atención el usuario requiere procedimientos o medicamentos adicionales que son importantes para mantener la vida del paciente. Algunos de ellos se aplican, sin la autorización de la EPS dada su urgencia y posteriormente viene la glosa al momento de la cancelación de la factura.
En estos tres puntos anteriores se podría solucionar con un sistema en línea ídem al del sistema financiero, con datafonos, en donde la solicitud del servicio, autorización y facturación se haga en línea, en cualquier momento o cualquier sitio del territorio colombiano. Por esta razón se debe tener en cuenta que actualmente hay una ausencia de confianza en las dos vías, en forma reciproca de la IPS y de la EPS, lo que genera traumatismos para el usuario en su oportunidad de atención y para las IPSs en el correcto y oportuno flujo de los recursos.
La red hospitalaria del sector público -hasta la ley 100, inclusive luego de ella-, recordemos la red hospitalaria pública de Bogotá, se descentraliza y se convierten en ESEs por acuerdo 17 del concejo de Diciembre de 1997, y años después no cuentan con la infraestructura física, logística, administrativa, jurídica y menos en talento humano para identificar usuarios, comprobar derechos, facturar, responder glosas, cobrar y recaudar y de esta forma hacerle seguimiento a las facturas cursadas a las EPSs. Muchos de estos procesos, que tienen términos definidos por ley son incumplidos o por falta de recurso humano o desinterés de este y es así como hoy en gran parte de los hospitales hay subfacturación, facturación guardada en cajas en los hospitales sin habérsele presentado a las EPSs o no aceptación de estas por estar fuera de términos. Se presentan también las glosas en poder de las EPSs, glosas con antigüedad no respondidas en poder de los hospitales, cifras de pagos que ingresaron a tesorería del hospital sin identificar su procedencia y menos la cuenta o factura que está afectando; situación esta última que se da por parte de las EPSs, sin entenderse el porqué. Aunque sobre esto último podría decirse que se aprovecha el desorden de los prestadores y otro punto importante más: el recurso humano de las IPSs públicas generalmente es contratado por Orden de Prestación de Servicios, es decir no es de planta y esto hace que el sentido de pertenencia sea bajo y su rotación sea alta porque generalmente migran luego de estar capacitados hacia el sector privado con mayor estabilidad laboral y mejores ingresos. Se presenta también que ante la falta de creación o ampliación de las plantas de personal para las oficinas de admisión, facturación, glosas y cartera, conlleva a que los archivos de facturas y cuentas se encuentren en total desorden y con el tiempo los directivos, que también son de nombramientos por periodos fijos y por ende su personal de colaboradores, no lleven un seguimiento minucioso de la situación desde el punto de vista físico y contable, porque en sus estados financieros aparecen todas las cifras que los sistemas de información -también obsoletos y totalmente disfuncionales-, hayan capturado producto de una prestación de servicios y una facturación con todos sus errores. En otras palabras estas responsabilidades y estas funciones no tienen dolientes.
Es así como podría decirse que: las EPSs no saben cuánto le deben a los hospitales de la red pública, ni los hospitales cuanto les deben las EPSs, y de ahí el temor y la negación de las EPSs cuando los Entes Territoriales solicitan autorización para realizar los giros directos de los recursos productos de deudas de las EPS. Si no se tienen cifras ciertas ni como pagador, ni como cobrador, es así como en este momento existe una parálisis en el flujo de los recursos, sobre todo deuda no corriente y con el respectivo atraso en el pago de la cartera hacia los proveedores de hospitales y algunos de ellos con demora en el pago a su recurso humano, lo cual va a desencadenar en un colapso que se puede avecinar muy pronto. Queda claro que no hay voluntad política ni en las IPSs, especialmente las públicas, pero también en algunas privadas, ni tampoco a nivel de las EPSs para entrar a realizar depuración, negociar con lógica y sana matemática financiera; porque se debe tener en cuenta que muchas IPSs ya incurrieron en gastos que irían a incrementar sus costos y algunas llegar hasta el fracaso o cierre de instituciones.
Las recomendaciones que sugeriría:

1. Ampliación de la planta de personal de los hospitales con personal técnico altamente capacitado para los procesos de admisiones, facturación, glosas y cartera o en su defecto entregar por outsourcing estos servicios a una firma especializada para tal fin y pagarlo sobre producto final con una interventoría o auditoria por el hospital.

2. Llevar a cabo en los Hospitales, con grandes brigadas operaciones de búsqueda, recopilación, unificación y tramite inmediato a facturas y otros documentos sin cursar: Facturas no cobradas, glosas no respondidas, conciliación de glosas con los pagadores y recaudo de cartera con el correspondiente cruce de facturación cancelada cargada y sin descargar; es decir, una verdadera depuración de cartera, hasta llegar a cobros coactivos, si es necesario. Para esto se requiere la apropiación presupuestal de recursos para contratar al personal o a una firma que lleve a cabo esta tarea. Es de recordar que no existe apropiación presupuestal para este objetivo, pero se pretende que se haga -y este ha sido uno de los puntos que genera parálisis y por ende se traduce en ineficacia e ineficiencia para las instituciones-, si se tiene en cuenta el costo de oportunidad del dinero y se traduce en una mala gestión del gerente de turno con todo las consecuencias que se derivan de la falta de recursos financieros, para llegar al punto final, con cifras reales en mano a concertar verdaderos acuerdos de pago con los Pagadores, teniendo como garante al Gobierno Nacional.
De otra forma se debe expedir a nivel interno para el gerente facultades para conciliar y llegar a acuerdos de pago con los pagadores, porque estos no se comprometen en ejercicios que no fueron pertenecientes a su periodo, porque pueden ser investigados por los organismos de Vigilancia y Control. Recordemos que en los Hospitales de la Red Pública Distrital hay cartera que data desde 1998 y este factor hace que la suma en sólo Bogotá de cartera a hospitales llegue aproximadamente a $ 250.000 millones de pesos, la cual si se depura, llegará a
$120.000 millones aproximadamente. En este monto se ha incluido letras y pagares, las antiguas ARS y EPS liquidadas, deudores que ya no tienen dolientes, así mismo el valor de las glosas conciliadas que no se ha sacado de los estados financieros para no llevar a cabo las investigaciones y acciones de repetición correspondientes.

3. Montar, de acuerdo a la normatividad actual, expuesta en la parte inferior de éste escrito, el andamiaje en logística, tecnología en informática y en comunicaciones, talento humano, procesos, seguimientos y evaluaciones con recurso propio; pero recomendaría de planta o contratar una firma para el proceso completo, desde la admisión por consulta externa, urgencias u hospitalización hasta llegar al recaudo efectivo y su seguimiento por trazabilidad expuesto en la Resolución 003047 la cual da los diferentes formatos como anexos técnicos para enderezar todo el Flujo de recursos.

4. Adquirir el compromiso y probablemente la ampliación de la planta de personal de la Superintendencia de Salud para llevar a cabo una verdadera interventoría, asesoría, arbitraje y vigilante del cumplimiento de la normatividad, para que se aplique y se cumpla en su totalidad, partiendo desde talleres de capacitación y debería esta aplicarse como un verdadero insumo para los exámenes de los concursos de los gerentes.


HECTOR M. LEMUS MONTAÑEZ

Médico Cirujano de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Gerencia en Seguridad Social, especialista en Finanzas Publicas, y Maestría en Administración.
Cargos: gerente del Hospital Simón Bolívar ESE II Nivel en Bogotá durante 6 años, gerente del Hospital San Blas ESE II Nivel en Bogotá durante 4 años, Gerente de Centros de Atención Ambulatoria del ISS en Bogotá durante 9 años, Jefe de Medicina Industrial Empresa de Energía de Bogotá durante 2 años, Coordinador y Director del Hospital Regional de Sogamoso durante 5 años.
e-mail: dardo555@gmail.com

Fuente: Revista Bogotá Salud #89

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