Según como lo dicta la Ley, la información generada por las entidades del Estado no podrá ser reservada o limitada, por el contrario es de carácter público, por tal motivo se proporciona y facilita el acceso a la misma en los términos más amplios posibles y a través de los medios amparados por ley.
De acuerdo a los mínimos a publicar de que tratan los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 1712 de 2014, sin perjuicio de lo previsto en el artículo inmediatamente siguiente respecto a los sujetos obligados a publicar en los sistemas de información del Estado, se ponen a disposición los siguientes temarios:
Información de la Estructura del Hospital Simón Bolívar (Artículo 9 )
- a)
- Estructura Orgánica
- Funciones y Deberes
- Ubicación de sus Sedes y Areas (Hospital Simón Bolívar - Clínica Fray Bartolome de las Casas)
- Divisiones o Departamentos
- Horas de Atención al Público
- b)
- Presupuesto General
- Ejecución Presupuestal Histórica Anual
- Planes de Gasto Público para cada año fiscal, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011
- c)
- Directorio que incluya el cargo, direcciones de correo electrónico y teléfono del despacho de los empleados y funcionarios y las escalas salariales correspondientes a las categorías de todos los servidores que trabajan en el sujeto obligado, de conformidad con el formato de información de servidores públicos y contratistas
- d)
- Normas Generales y Reglamentarias, políticas, lineamientos o manuales, las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos
- Resultados de las Auditorías al Ejercicio Presupuestal
- Indicadores de Desempeño
- e)
- Plan de Compras Anual
- Contrataciones Adjudicadas para la correspondiente vigencia en lo relacionado con funcionamiento e inversión, las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y en caso de los servicios de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011. En el caso de las personas naturales con contratos de prestación de servicios, deberá publicarse el objeto del contrato, monto de los honorarios y direcciones de correo electrónico, de conformidad con el formato de información de servidores públicos y contratistas
- f)
- Plazos de Cumplimiento de los Contratos
- g)
- Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, de conformidad con el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011
- a)
- Detalles pertinentes sobre todo servicio que brinde directamente al público, incluyendo normas, formularios y protocolos de atención
- b)
- Toda la información correspondiente a los trámites que se pueden agotar en la entidad, incluyendo la normativa relacionada, el proceso, los costos asociados y los distintos formatos o formularios requeridos
- c)
- Una descripción de los procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas
- d)
- El contenido de toda decisión y/o política que haya adoptado y afecte al público, junto con sus fundamentos y toda interpretación autorizada de ellas
- e)
- Informes de Gestión, evaluación y auditoría
- f)
- Mecanismos interno y externos de supervisión, notificación y vigilancia
- g)
- Procedimientos, lineamientos, políticas en materia de adquisiciones y compras
- Datos de adjudicación y ejecución de contratos, incluidos concursos y licitaciones
- h)
- Mecanismos de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones con un informe de todas las solicitudes, denuncias y los tiempos de respuesta
- i)
- Todo mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto
- j)
- Registro de publicaciones que contenga los documentos publicados de conformidad con la presente ley y automáticamente disponibles, así como un Registro de Activos de Información;
- k)
- Los sujetos obligados deberán publicar datos abiertos, para lo cual deberán contemplar las excepciones establecidas en el título 3 de la presente ley. Adicionalmente, para las condiciones técnicas de su publicación, se deberán observar los requisitos que establezca el Gobierno Nacional a través del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o quien haga sus veces
Adopción de esquemas de publicación (Artículo 12)
- a) Las clases de información que el sujeto obligado publicará de manera proactiva y que en todo caso deberá comprender la información mínima obligatoria
- b) La manera en la cual publicará dicha información
- c) Otras recomendaciones adicionales que establezca el Ministerio Público
- d) Los cuadros de clasificación documental que faciliten la consulta de los documentos públicos que se conservan en los archivos del respectivo sujeto obligado, de acuerdo con la reglamentación establecida por el Archivo General de la Nación
- e) La periodicidad de la divulgación, acorde a los principios administrativos de la función pública.
Registro de Activos de Información (Artículo 13)
- a) Categorías de información publicada
- b) Registros publicados
- c) Registro disponibles para ser solicitado por el público
- Tablas de Retención Documental (TRD)
Programa de Gestión Documental (Artículo 15)
- Programa de Gestión Documental en el cual se establezcan los procedimientos y lineamientos necesarios para la producción, distribución, organización, consulta y conservación de los documentos públicos. Este Programa deberá integrarse con las funciones administrativas del sujeto obligado. Deberán observarse los lineamientos y recomendaciones que el Archivo General de la Nación y demás entidades competentes expidan en la materia
Archivos (Artículo 16)
- Procedimientos para la creación, gestión, organización y conservación de sus archivos. Los procedimientos adoptados deberán observar los lineamientos que en la materia sean producidos por el Archivo General de la Nación
Sistemas de Información (Artículo 17)
- a) Se encuentren alineados con los distintos procedimientos y articulados con los lineamientos establecidos en el Programa de Gestión Documental de la entidad
- b) Gestionen la misma información que se encuentre en los sistemas administrativos del sujeto obligado
- c) En el caso de la información de interés público, deberá existir una ventanilla en la cual se pueda acceder a la información en formatos y lenguajes comprensibles para los ciudadanos
- d) Se encuentren alineados con la estrategia de gobierno en línea o de la que haga sus veces
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